Igualdad

Comprometidos con la Igualdad y Contra cualquier tipo de Discriminación

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¿ Porqué ?

La IGUALDAD es un Principio Jurídico Universal reconocido en todos los textos internacionales sobre Derechos Humanos.


La IGUALDAD entre Mujeres y Hombres constituye un valor fundamental de la Unión Europea está incorporado en los tratados y es uno de los objetivos generales y cometidos de la Unión Europea. La Igualdad de Género está recogida en los artículos 2 y 3 del Tratado de la Unión, en los artículos 8, 153 y 157 del Tratado de Funcionamiento de la UE y en los artículos 21 y 23 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE.

En el ámbito estatal, la Constitución Española en el artículo 14 proclama el principio de igualdad ante la Ley, y en el artículo 9.2, establece que se promoverán las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas, se removerán los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y se facilitarán la participación de la ciudadanía en la vida política, económica, cultural y social.


A nivel Estatal la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres, constituye el marco de desarrollo del principio de igualdad de trato, incorporando sustancialmente modificaciones  legislativas  para  avanzar  en la igualdad real y efectiva de mujeres y hombres, en el ejercicio pleno de los derechos e implementa medidas transversales que inciden en todos los órdenes de la vida política, judicial y social, a fin de erradicar las discriminaciones contra las mujeres.


A nivel Autonómico con la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la Promoción de la Igualdad de Género en Andalucía, se pretende alcanzar, mediante diversos instrumentos y desarrollos eficaces, una sociedad igualitaria, justa, solidaria y democrática en la que las mujeres y hombres tengan, realmente, los mismos derechos y oportunidades; marcándose como objetivo principal garantizar la vinculación de los poderes públicos en todos los ámbitos, en el cumplimiento de la transversalidad como instrumento imprescindible para el ejercicio de las competencias autonómicas en clave de género.


La Ley para la Promoción de la Igualdad de Género en Andalucía, establece los fundamentos jurídicos para avanzar hacia la efectiva igualdad entre mujeres y hombres en todos los ámbitos de la vida social, económica, cultural y política. Su aplicación requiere de un Plan Estratégico que concrete los objetivos, ámbitos y medidas de actuación en los que los poderes públicos han de centrar sus acciones así como la coordinación entre los distintos niveles de las Administraciones Públicas (estatal, autonómica y local) y los distintos estamentos sociales.